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La Corte Suprema falló a favor de las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires

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El máximo tribunal avaló la autonomía de la Capital Federal y le dio la razón a Horacio Rodríguez Larreta en su conflicto con la Casa Rosada, tal como adelantó ayer Infobae

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires, tal como había adelantado ayer Infobae. Con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el máximo tribunal del país hizo lugar a la demanda presentada por el gobierno porteño y aseguró que el decreto de necesidad y urgencia que ordenó cerrar las escuelas viola la autonomía de la Capital Federal. Elena Highton de Nolasco, que ya se había manifestado en contra de la competencia originaria del tribunal en este caso, se abstuvo.

La decisión judicial saldó una disputa política entre el presidente Alberto Fernández y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, a partir de la decisión de la Casa Rosada de suspender las clases presenciales en el Área Metropolitana como una medida para restringir la circulación de personas en medio de la segunda ola de coronavirus.

El gobierno bonaerense calificó esta mañana la sentencia como “aberrante” incluso antes de que fuera firmada.
El fallo no declara la inconstitucionalidad del decreto porque venció el viernes de la semana pasada, pero establece criterios que deben ser tenidos para situaciones similares como la que se transita desde el 1° de mayo, cuando comenzó a regir otro DNU que también ordena el cierre de los colegios desconociendo la autonomía de la Capital Federal en la materia.

La sentencia se compone de tres votos, todos en el mismo sentido pero con diferentes argumentos y puntos de vista: Maqueda y Rosatti (en conjunto), Rosenkrantz y Lorenzetti. Los magistrados hicieron una fuerte defensa del federalismo y del estatus jurídico de la Ciudad de Buenos Aires, asimilable al de las provincias.

“El debido resguardo del federalismo constitucional exigía que el Estado Nacional justificara de manera suficiente el ejercicio en el caso de su específica competencia sanitaria en relación a la concreta orden de suspender del dictado de clases educativas presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en la jurisdicción de la actora. En conclusión, en el examen de legalidad, la falta de justificación suficiente para ejercer una competencia sanitaria que alcance a suspender la modalidad presencial de la educación en la Ciudad deja al descubierto que, en este caso, el Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena”, coincidieron Maqueda y Rossatti.

Rosenkrantz, presidente del tribunal, analizó: “Resulta claro que la decisión de si la escolaridad debe realizarse bajo la modalidad presencial o virtual en los establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria dependientes de la Ciudad de Buenos Aires o regulados por ella corresponde, en principio, a ese estado y no a la Nación. En ese contexto normativo, la decisión de suspender las clases presenciales en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires adoptada por el Estado Nacional —aun a la luz de la declaración de emergencia— solamente podría validarse constitucionalmente si encontrase respaldo en la facultad exclusiva del Congreso para reglar el comercio de las provincias entre sí (art. 75, inc. 13 de la Constitución) o en las facultades concurrentes del Congreso, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires para promover el bienestar de todas las provincias (art. 75, inc. 18 de la Constitución)”.

Y agrega: “En esta causa, la Ciudad de Buenos Aires ha proporcionado elementos de juicio que indican que el impacto interjurisdiccional de la actividad regulada es meramente conjetural”.

Finalmente, Lorenzetti resumió su postura en seis puntos que se transcriben a continuación. En el último indica específicamente que los criterios dispuestos en esta resolución judicial son aplicables a todas las provincias.

  1. El deber de los Tribunales es proteger los derechos fundamentales, ya que el Estado no puede sustituir a las personas en las decisiones correspondientes a su esfera individual;
  2. Hay un derecho humano a la educación que debe ser satisfecho en la mayor medida posible porque es el que define las oportunidades de desarrollo de una persona;
  3. Hay también un derecho a la salud y la vida respecto de los cuales los demás derechos individuales resultan instrumentales, porque es evidente que no hay educación sin vida humana;
  4. Que, en consecuencia, debe realizarse un juicio de ponderación entre la máxima satisfacción posible del derecho a la educación y la protección de la salud en un contexto de emergencia sanitaria y dentro de un sistema reglado por el Estado de Derecho;
  5. Que el criterio es el siguiente : El Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educación, excepto cuando puede constituirse en una causa de daños a terceros (Art 19 CN), siempre que ello no signifique una afectación esencial del derecho, lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación de calidad.
  6. Estos criterios son aplicables a medidas adoptadas por todas las autoridades, sean de la Nación o de las Provincias. Por esa razón esta Corte señaló que una Provincia no puede violar la libertad de tránsito y derechos fundamentales establecidos en la Constitución (Confr. Fallos 343:930 “Maggi” y 343:1704 “Lee”).

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El Pro y la Libertad Avanza irán juntos en La Provincia para “terminar con el kirchnerismo”

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Después de largos meses de intrigas que se estiraron hasta el último momento, la titular de La Libertad Avanza, Karina Milei junto a su armador político bonaerense, Sebastián Pareja y el presidente de PRO, Cristian Ritondo formalizaron la alianza con la que competirán juntos en las elecciones en la Provincia de Buenos Aires. Se llamará Alianza La Libertad Avanza, e irá estampado en boletas de color violeta.

Ritondo y Pareja firmaron pasado el mediodía el documento que selló el acuerdo para, dijeron después, “terminar con el populismo”. Fue en un salón del Hotel Libertador, el edificio de av. Córdoba al 600 donde los libertarios juegan de locales: fue allí donde Milei montó sus búnkers en las elecciones nacionales de 2023 y las porteñas de este año, y donde, como presidente electo. se instaló durante el mes previo a asumir, mientras armaba el nuevo Gobierno.

Después de la conferencia, el grupo se reunió en privado durante unos quince minutos. Ritondo, Pareja y sus colegas se fueron, y Karina Milei se quedó largamente, junto a Menem, Sharif y asesores, hasta pasadas las 16.30.

Las próximas reuniones serán para terminar de definir la letra chica, la distribución de lugares en las listas y los dirigentes de cada que encabezarán las secciones. Se decidirá distrito por distrito, avisan, por lo que las discusiones probablemente se extiendan hasta el último momento.

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El HCD le solicitó a la Provincia la reparación de la Ruta 6 en el tramo hasta Exaltación de la Cruz

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En su primera sesión ordinaria de julio, el Honorable Concejo Deliberante aprobó una resolución dirigida a la Dirección de Vialidad Provincial para que repare la autovía desde la rotonda de Las Acacias a los fines de “garantizar la seguridad vial y optimizar la conectividad regional”.

Con la presencia de 20 concejales y bajo la presidencia de Karina Sala, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Campana desarrolló su primera sesión ordinaria de julio.

Durante el encuentro realizado en el Salón Blanco del Palacio Municipal se aprobaron ocho expedientes: seis con despacho de comisión y dos sobre tablas.

Entre los despachos de comisión que fueron convalidados en el recinto se destaca el proyecto que solicita la reparación de la Ruta 6, cuya mantenimiento le corresponde al gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello, la Resolución aprobada está dirigida a la Dirección de Vialidad Provincial para que intervenga en la autovía desde la rotonda del barrio Las Acacias hasta Exaltación de la Cruz “a fin de garantizar la seguridad vial y optimizar la conectividad regional”.

Además, también se aprobó una comunicación apuntada a combatir la ludopatía que propone establecer medidas para bloquear el acceso a páginas de internet con extensión .bet, páginas relacionadas con apuestas en línea en la totalidad de espacios municipales y de acceso público a internet provistos por el Municipio.

Y también otra comunicación apuntada a la creación de un “Portal Municipal de Mascotas Perdidas y Encontradas” para brindar un espacio digital interactivo donde los vecinos puedan reportar la pérdida o hallazgo de animales domésticos.

Durante esta primera sesión ordinaria de julio se declararon de Interés Legislativo el libro “Tu solidaridad es la oportunidad de un futuro mejor”, de la Agrupación “Julio Armando Melo”; y la muestra “Campana por Calenses III” organizada por Campana Amanecer Literario.

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Consejeros Escolares reclaman a la Provincia por la reducción del Fondo Compensador para el mantenimiento de escuelas

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El bloque de Juntos de Campana adhirió al reclamo de sus pares bonaerenses. En el caso de la ciudad, se redujo casi un 50% del fondo, clave para mantener en buenas condiciones la infraestructura de los establecimientos educativos.

Consejeros Escolares de Juntos de Campana adhirieron al reclamo ante el Gobierno Provincial por la significativa reducción del Fondo Compensador que alcanza casi un 50%, herramienta clave para afrontar gastos de mantenimiento en los establecimientos educativos de la ciudad.

Al igual que sus pares bonaerenses, los consejeros expresaron su preocupación ante esta situación que impacta de forma negativa y directa en la prestación de los servicios necesarios para el funcionamiento de las escuelas como la reparación de baños, techos, instalaciones eléctricas y el pago a proveedores.

La reducción significa una baja en la alícuota que representa el giro de menos fondos hacia el Consejo Escolar. En marzo de 2025 se había recibido en concepto de Fondo Compensador un total de $37.640.386, y en abril fueron $37.979.092. La alarma se encendió en mayo, cuando Provincia envió a Campana tan solo $18.251.348.

“La educación pública no puede sostenerse con incertidumbre presupuestaria ni recortes de esta magnitud. Necesitamos respuestas concretas para seguir cumpliendo con nuestra responsabilidad institucional”, exclamaron los consejeros escolares.

Y finalizaron: “Exigimos la restitución del Fondo y el compromiso real con la educación pública”.

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