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La AFIP suspendió ejecuciones fiscales y medidas cautelares contra pymes hasta septiembre

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Seguirán habilitados los operativos hacia contribuyentes alcanzados por el impuesto a la riqueza y por Bienes Personales. Así lo anunció el organismo a través de la Resolución General 5000/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que suspenderá hasta el 31 de agosto, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para pequeñas empresas. La medida, que ya había sido anticipada por el organismo, fue confirmada a través de la Resolución General 5000/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Para esos casos, propone una serie de beneficios para el paso voluntario al régimen general. Los contribuyentes que se conviertan en autónomos de manera voluntaria tendrán una reducción del saldo deudor en el IVA que será del 50% al momento del pase al régimen general, del 30% el año siguiente y del 10% durante el tercer año. Así, el contribuyente que pasa voluntariamente tiene 4 años de beneficio: el primero puede utilizar las compras de los 12 meses previos; el segundo el 50% de IVA; el tercero el 30% de IVA y el cuarto el 10% de IVA.

La inscripción al Repro permanecerá abierta, a través de la página web de la AFIP, hasta el próximo martes 1 de junio para las empresas como así también para los monotributistas y autónomos. Para este último caso, se pueden inscribir los independientes sin empleados o con una nómina salarial de hasta cinco trabajadores de sectores como gastronomía, turismo, transporte, industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento, comercio de rubros no esenciales, servicios personales (peluquerías, centros de belleza) y de ramas esenciales cuya facturación haya sido afectada.

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